{"id":3446,"date":"2022-03-24T18:07:39","date_gmt":"2022-03-24T23:07:39","guid":{"rendered":"http:\/\/derechosinfronteras.pe\/?p=7995"},"modified":"2022-03-24T18:07:39","modified_gmt":"2022-03-24T23:07:39","slug":"dia-internacional-del-derecho-a-la-verdad-analisis-y-reflexiones-sobre-las-violaciones-de-dd-hh-con-enfasis-en-el-caso-ccasiahui","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/dia-internacional-del-derecho-a-la-verdad-analisis-y-reflexiones-sobre-las-violaciones-de-dd-hh-con-enfasis-en-el-caso-ccasiahui\/","title":{"rendered":"D\u00eda Internacional del Derecho a la Verdad: An\u00e1lisis y reflexiones sobre las violaciones de DD.HH. con \u00e9nfasis en el caso Ccasiahui"},"content":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n DHSF<\/p>\n<p>Cada 24 de marzo se conmemora el D\u00eda Internacional del Derecho a la Verdad en relaci\u00f3n con violaciones graves de los derechos humanos y de la dignidad de las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Esta es una fecha para promover la memoria y garantizar el derecho a la verdad que tienen las v\u00edctimas sobre las circunstancias en que se cometieron esas violaciones, los motivos por los que se perpetraron y la identidad de sus autores.<\/p>\n<p>Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF), a trav\u00e9s del \u00c1rea Legal, realiz\u00f3 esta tarde un webinar para analizar y reflexionar sobre el caso emblem\u00e1tico Ccasiahui.<\/p>\n<p>Participaron las abogadas Gloria Cano Legua, directora ejecutiva de la Asociaci\u00f3n Pro Derechos Humanos (APRODEH) y Olga Cristina del Roc\u00edo Gavancho Le\u00f3n, especialista en Derechos Humanos. Tambi\u00e9n estuvieron Juan Carlos Ruiz Molleda, Edgardo Rodr\u00edguez y Aroldo Vera Villa, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), director general de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el abogado de Derechos Humanos Sin Fronteras, respectivamente.<\/p>\n<p>Cada especialista emiti\u00f3 su opini\u00f3n legal de acuerdo a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho a la verdad. Adem\u00e1s, enfatizaron en los casos de violaciones de derechos humanos del sur del Per\u00fa, tal como es Ccasiahui. El abogado Aroldo Vera analiz\u00f3 el estado actual de este caso.<\/p>\n<p>Vale precisar que los familiares de las v\u00edctimas reciben el asesoramiento y la defensa legal de la APRODEH y de nuestra instituci\u00f3n DHSF.<\/p>\n<p>CASO CCASIAHUI: \u00bfQU\u00c9 PAS\u00d3?<\/p>\n<p>Los acontecimientos ocurrieron del 15 de abril al 1 de mayo de 1990, en la provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, por integrantes de la Base Militar Antisubversiva de Antabamba, quienes cometieron una serie de delitos lesa humanidad (desapariciones forzadas, torturas, homicidio calificado, lesiones graves seguidas de muerte y violaci\u00f3n sexual) en agravio de la poblaci\u00f3n de las comunidades aleda\u00f1as a dicha base. Los acusados fueron identificados como Jaime Manuel Pando Navarrete, Alan Edwar Olivari Medina, Federico Cahuascanco Pucho, Mario Cruz Porcela, Felipe Monta\u00f1ez Ccama, Beltran Tapia Carrasco, Alberto Alvis Medina y Jose Santiago Perez Quispe.<\/p>\n<p>A la fecha no se conoce el paradero de Quint\u00edn Alferez Cjuro, Telesforo Alferez Achinquipa, Gregorio Huisa Alcahuaman, D\u00e1maso Charccahuana Huisa y Maximo Huamanga Huachaca. Todos ellos sufrieron desaparici\u00f3n forzada.<\/p>\n<p>En el Per\u00fa, sin lugar a dudas, en la \u00e9poca del Conflicto Armado Interno de las d\u00e9cadas de los 80 y 90, ocurrieron graves violaciones a los derechos humanos por parte del Estado y Sendero Luminoso.<\/p>\n<p>Estos sucesos trajeron como consecuencia la desaparici\u00f3n forzada de muchas personas, como es el caso Genaro Villegas Namuche, quien sali\u00f3 a trabajar, el 2 de octubre de 1992, pero que jam\u00e1s regreso. Veinte hombres armados y encapuchados bajaron de un carro, conocido como \u201cportatropas\u201d, e ingresaron violentamente a su domicilio en busca de material subversivo. Estos hechos llevaron a su hermana Mar\u00eda Villegas Namuche a pedir garant\u00edas ante las autoridades, originando la detenci\u00f3n de los abogados que la defend\u00edan.<\/p>\n<p>Se destaca que gracias a este caso se logr\u00f3 que el Tribunal Constitucional reconozca el derecho a la verdad como un derecho fundamental, correspondiente al expediente 2488-2002-HC\/TC.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n de la Verdad y Reconciliaci\u00f3n (CVR), instituci\u00f3n que tuvo la tarea de investigar las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en estos a\u00f1os, lleg\u00f3 a la siguiente conclusi\u00f3n respecto a este tipo de cr\u00edmenes: \u201cA lo largo del conflicto armado interno, los agentes del Estado utilizaron la pr\u00e1ctica de la desaparici\u00f3n forzada de personas de manera generalizada y sistem\u00e1tica como parte de los mecanismos de lucha contrasubversiva. La informaci\u00f3n analizada por la CVR nos lleva a la convicci\u00f3n de que no se trata de hechos aislados o espor\u00e1dicos, sino que configuran un patr\u00f3n de conducta de los agentes del Estado responsables de la lucha contrasubversiva. Los miles de casos reportados tanto a la CVR como registrados en otras instituciones (Ministerio P\u00fablico, Defensor\u00eda del Pueblo) dan cuenta de una pr\u00e1ctica generalizada, una pr\u00e1ctica sistem\u00e1tica o, incluso, ambas simult\u00e1neamente, en ciertos per\u00edodos y lugares\u201d<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1].<\/a><\/p>\n<p>A efectos de garantizar el derecho a la verdad en su \u00e1mbito individual y empleando como referencia el caso sobre desaparici\u00f3n forzada de Genaro Villegas Namuche, el supremo int\u00e9rprete de la constituci\u00f3n deja en claro que todas las personas afectadas, por un crimen contra sus derechos humanos, tienen derecho a saber: a) qui\u00e9n fue el autor de ese acto, b) en qu\u00e9 fecha y lugar se perpetr\u00f3, c) c\u00f3mo se produjo, d) por qu\u00e9 se le ejecut\u00f3, e) d\u00f3nde se hallan sus restos, entre otros aspectos.<\/p>\n<p>Por lo tanto, es clave poner fin a la impunidad y garantizar el derecho de las v\u00edctimas a conocer la\u00a0verdad\u00a0sobre los hechos injustos y dolorosos provocados por las m\u00faltiples formas de violencia estatal. El Estado debe garantizar este derecho a la verdad y a la vez brindar reparaciones. Finalmente, DHSF tambi\u00e9n rinde homenaje a las defensoras y defensores de derechos humanos que luchan por la memoria, la verdad y la justicia.<\/p>\n<p><em><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Comisi\u00f3n de la Verdad y Reconciliaci\u00f3n del Per\u00fa. Informe Final, Tomo VI, p\u00e1gina 126. Este informe fue presentado al pa\u00eds en agosto del 2003.<\/em><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/fb.watch\/bYCdqLm_Xi\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">AQU\u00cd<\/a>, puedes ver el webinar denominado\u00a0D\u00eda Internacional del Derecho a la Verdad: An\u00e1lisis y reflexiones sobre las violaciones de DD.HH. con \u00e9nfasis en el caso Ccasiahui.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n DHSF Cada 24 de marzo se conmemora el D\u00eda Internacional del Derecho a la Verdad en relaci\u00f3n con violaciones graves de los derechos humanos y de la dignidad de las v\u00edctimas. 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