{"id":3700,"date":"2021-01-19T13:23:32","date_gmt":"2021-01-19T18:23:32","guid":{"rendered":"http:\/\/derechosinfronteras.pe\/?p=7062"},"modified":"2021-01-19T13:23:32","modified_gmt":"2021-01-19T18:23:32","slug":"espinar-sentencia-que-ordena-al-minsa-a-atender-personas-con-metales-toxicos-es-un-precedente-social-y-juridico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/espinar-sentencia-que-ordena-al-minsa-a-atender-personas-con-metales-toxicos-es-un-precedente-social-y-juridico\/","title":{"rendered":"Espinar: Sentencia que ordena al Minsa a atender personas con m\u00e9tales t\u00f3xicos es un precedente social y jur\u00eddico"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right;\"><strong>Por: Yudith Conto Cantero \u2013 \u00c1rea Legal de DHSF<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><em>\u201cMis parientes y mis animales est\u00e1n muriendo\u2026 Nosotros tambi\u00e9n tenemos derecho a comer sano\u201d\u00a0<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><em>Lideresa Melchora Surco<\/em><\/p>\n<p>El a\u00f1o 2015, una comunidad campesina de la provincia de Espinar y tres organizaciones sociales que agrupan a personas afectadas por metales t\u00f3xicos interpusieron una demanda constitucional de acci\u00f3n de cumplimiento, a raz\u00f3n que las instituciones del Estado que tienen conocimiento, jurisdicci\u00f3n y decisi\u00f3n en temas de fiscalizaci\u00f3n ambiental como la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protecci\u00f3n del Ambiente para la Salud (Censopas), la Direcci\u00f3n General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) y el Organismo de Evaluaci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (OEFA) cumplan con su responsabilidad.<\/p>\n<p>Se trata de la comunidad campesina Huisa, la Asociaci\u00f3n para la Defensa de\u00a0Pacpacco Afectada por la Miner\u00eda representada por su presidenta Melchora Surco Rimachi, el Comit\u00e9 de Usuarios de\u00a0 Agua &#8211; Qquetara y el Frente de Defensa de Regantes de la Microcuenca Ca\u00f1ip\u00eda &#8211; FREDERMICE.<\/p>\n<p>Con esta medida, la sociedad organizada buscaba, adem\u00e1s, la declaraci\u00f3n de emergencia ambiental y sanitaria en las comunidades campesinas de Huisa,\u00a0Pacpacco\u00a0&#8211; Alto Huancan\u00e9, Huarca, Hancollahua, Huano Huano, Paccopata y Jatarana. Todo ello con el objetivo de brindar las condiciones adecuadas para el ejercicio leg\u00edtimo de su derecho a la vida, derecho a seguir viviendo.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de 5 a\u00f1os, el juez del Juzgado Mixto Penal Liquidador de Espinar emiti\u00f3 sentencia favorable contenida en la Resoluci\u00f3n N\u00b0 61, de fecha 05 de diciembre de 2019. Sin embargo, esta fue apelada por el Gobierno Regional de Cusco alegando que dicha entidad p\u00fablica habr\u00eda estado cumpliendo con acciones referidas a la estrategia sanitaria de metales pesados y componentes, haciendo referencia al Plan de Acci\u00f3n de Salud Integral para la Poblaci\u00f3n en Riesgo de Metales Pesados en las provincias de Espinar, Chumbivilcas y la convenci\u00f3n 2019-2021, los mismos que no habr\u00edan sido implementados adecuadamente, ya que en el 2019 a pesar de los pedidos y exigencias que se tuvieron desde los mismos afectados\/as en reuniones con la DIRESA, esta entidad no habr\u00eda cumplido con la totalidad de especialistas solicitados, periodo de las atenciones, ni tampoco se inscribieron en su totalidad a los pobladores al Seguro Integral de Salud &#8211; SIS. El 2020 no hubo ejecuci\u00f3n del plan.<\/p>\n<p>No basta con accionar el plan sino hacerle un correcto seguimiento o una previa evaluaci\u00f3n si la mencionada est\u00e1 acorde al contexto de las provincias. El procurador del Ministerio de Salud refiere que sus competencias son como ente rector de salud, mas no ejecutor, lo que evidentemente corresponde al gobierno regional a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n Regional de Salud (Diresa) de Cusco. Cabe poner en conocimiento que esto no libera de las funciones y competencias que corresponden al gobierno nacional, a trav\u00e9s de los ministerios. Esa es la pol\u00edtica p\u00fablica responsable y proactiva la que se ha apreciado, por ejemplo, a ra\u00edz de la emergencia nacional por la presencia de la COVID\u201319, en coordinaci\u00f3n con los gobiernos regionales y municipales. Se trata de una pol\u00edtica p\u00fablica de responsabilidad compartida conforme a un modelo de Estado Democr\u00e1tico, Unitario y Descentralizado.<\/p>\n<p>Finalmente, con fecha 30 diciembre de 2020 se confirma la sentencia en lo siguiente: El Ministerio de Salud (Minsa) en el plazo de 90 d\u00edas tiene que cumplir con dise\u00f1ar e implementar una estrategia de salud p\u00fablica de emergencia sanitaria, contando con un plan de acci\u00f3n que contenga lugar, objetivo, plazo, financiamiento, actividades, indicadores de cumplimiento, responsables, plazo, monitoreo y evaluaci\u00f3n con finalidad de establecer un programa de atenci\u00f3n m\u00e9dica, as\u00ed como vigilancia epidemiol\u00f3gica ambiental y sanitaria, incluyendo el monitoreo constante de los est\u00e1ndares de salubridad del agua. Tambi\u00e9n informar sobre los avances formalmente; es decir, con documentos en coordinaci\u00f3n con Municipalidad Provincial de Espinar y Diresa Cusco en apoyo con el Minsa, participando de manera urgente, en las acciones de ejecuci\u00f3n que permitan la protecci\u00f3n de la salud de los pobladores.<\/p>\n<p>Esto no solo es una sentencia, es un precedente social y jur\u00eddico porque esta lucha representa las falencias que tiene el pensamiento extractivo que se practica hace m\u00e1s de 30 a\u00f1os en Espinar, antecedido por el caso Cuninico-Loreto. En tiempos de flexibilizaci\u00f3n ambiental, es necesario hacerle recordar al gobierno de turno la relaci\u00f3n social como garante del bienestar SOCIAL. El derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, es un v\u00ednculo intr\u00ednseco al derecho b\u00e1sico de la existencia como sociedad en conjunto, derecho a la vida digna y de este se desprende el derecho a la salud, derecho a la educaci\u00f3n, a la igualdad ante la ley, al protecci\u00f3n del ni\u00f1o, madre, anciano, familia, a la consulta previa; derechos fundamentales reconocidos por la constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>La exigencia no fue solo por la falta de cumplimiento a la norma, sino tambi\u00e9n por la afectaci\u00f3n de los mencionados, al contaminar el agua se contamina los animales, al consumir la carne de estos, se contaminan los que ingieren esta carne. Este proceso es la bioacumulaci\u00f3n de los diferentes metales t\u00f3xicos como cadmio, plomo, ars\u00e9nico, mercurio, que al cabo un par de a\u00f1os se exteriorizara con los primeros s\u00edntomas, da\u00f1os al sistema digestivo, problemas en la piel, dolores de cabeza, huesos y m\u00fasculos \u00bfD\u00f3nde est\u00e1 su derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida?<\/p>\n<p>Los metales t\u00f3xicos provienen de la minera excesiva en Espinar bajo el supuesto crecimiento econ\u00f3mico que traer\u00e1 \u00abprogreso\u00bb y \u00abdesarrollo\u00bb. No obstante, no puede superponerse al resguardo de la dignidad de la persona que constituye la prioridad no s\u00f3lo del Estado (Minsa, gobierno regional), sino de la sociedad (la comunidad campesina Huisa, la Asociaci\u00f3n para la Defensa de Paccpaco Afectada por la Miner\u00eda, el Comit\u00e9 de Usuarios de Agua Qquetara, el Frente de Defensa de Regantes de la Microcuenca Cca\u00f1ip\u00eda ). En este marco se sobreentiende que, en su papel como sociedad, Espinar contin\u00faa en la lucha por reivindicar el derecho a la salud humana y ambiental, pero el Estado, al parecer, sigue ausente.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><em>\u00abTal vez si nuestra agua no estuviera contaminada, pudi\u00e9semos vivir sanamente y no padeciendo tantos dolores\u00bb<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><em>Lideresa Melchora Surco<\/em><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Yudith Conto Cantero \u2013 \u00c1rea Legal de DHSF \u201cMis parientes y mis animales est\u00e1n muriendo\u2026 Nosotros tambi\u00e9n tenemos derecho a comer sano\u201d\u00a0 Lideresa Melchora Surco El a\u00f1o 2015, una comunidad campesina de la provincia de Espinar y tres organizaciones sociales que agrupan a personas afectadas por metales t\u00f3xicos interpusieron una demanda constitucional de acci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3701,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-3700","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"blocksy_meta":[],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/wp-content\/uploads\/2021\/01\/articulo-yuditttt.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3700","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3700"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3700\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3701"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3700"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3700"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3700"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}