{"id":4128,"date":"2020-02-08T12:54:52","date_gmt":"2020-02-08T17:54:52","guid":{"rendered":"http:\/\/derechosinfronteras.pe\/?p=5466"},"modified":"2020-02-08T12:54:52","modified_gmt":"2020-02-08T17:54:52","slug":"dialogo-si-represion-no-por-que-no-se-debe-declarar-estado-de-emergencia-en-el-corredor-minero-del-sur","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/dialogo-si-represion-no-por-que-no-se-debe-declarar-estado-de-emergencia-en-el-corredor-minero-del-sur\/","title":{"rendered":"Dialogo, s\u00ed. Represi\u00f3n no: \u00bfPor qu\u00e9 no se debe declarar estado de emergencia en el corredor minero del sur? \u00a0"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<p style=\"text-align: right;\">Por Jos\u00e9 Ramiro Llatas P\u00e9rez &#8211; Presidente DHSF \/ \u00c1rea Legal DHSF<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El Primer Ministro Zevallos, hace poco en una entrevista en IDL Radio del d\u00eda 06 de febrero del 2020 (https:\/\/www.facebook.com\/idlradio\/videos\/178644663446491\/?t=5251) mencionaba que los Estados de Emergencia tienen un car\u00e1cter excepcional, y eso es lo que estar\u00edan haciendo, refer\u00eda que no han declarado el Estado de Emergencia en T\u00eda Mar\u00eda, tampoco lo han declarado en las Bambas, cuando la comunidad tom\u00f3 la carretera el a\u00f1o pasado por m\u00e1s de 100 d\u00edas, pero que en el caso de Chumbivilcas, si se justificaba porque era una situaci\u00f3n l\u00edmite y mencionaba adem\u00e1s que la declaratoria de estados de emergencia pasa por un \u201ctamiz constitucional y de responsabilidad\u201d y que no se debe dar de \u201cmanera impositiva\u201d. Intentamos entender sus planteamientos confront\u00e1ndolo, con la nueva declaratoria de Estado de Emergencia que se acaba de dar en parte del Corredor Vial Minero, en las Provincias de Espinar y Chumbivilcas mediante Decreto Supremo N\u00b0 020-2020-PCM de fecha 08 de febrero del 2020.<\/p>\n<p>1. Dicho Decreto Supremo, ya no es excepcional si tomamos en cuenta que desde el 2015, fecha en que la Mina Las Bambas empieza a usar el denominado corredor vial minero, para el trasporte de material minero; se han ido dando una serie de declaratorias de estados de emergencia, pr\u00e1cticamente todos los a\u00f1os. Y, la pr\u00e1ctica recurrente del Gobierno es que, a cada pedido de di\u00e1logo, de los pobladores de Cotabambas (Apurimac), Chumbivilcas y Espinar (Cusco), la respuesta ha sido declaratorias de estados de emergencia. El Primer Ministro da una informaci\u00f3n que no se ajusta a la realidad.<\/p>\n<p>2. Todas las declaratoria de estados de emergencia, tienen algo en com\u00fan, se basan en informes que tiene car\u00e1cter de reservado, emitidos por la Polic\u00eda Nacional del Per\u00fa. No tenemos nada en contra de esta instituci\u00f3n, pero, cuestionamos que cuando se trate de suspender derechos tan importantes como la inviolabilidad del domicilio, el derecho a la reuni\u00f3n, etc. se basen en informes que nadie conoce su sustento, salvo los funcionarios del Gobierno, pero, sobre todo, lo cuestionamos por su aparente falta de objetividad. La Polic\u00eda Nacional a trav\u00e9s del Ministerio del Interior, tendr\u00edan vigentes convenios policiales para que efectivos de la polic\u00eda nacional presten servicios de seguridad privada a las empresas mineras que se encuentran en el corredor vial minero, entre ellas las Bambas, por esos servicios, se les paga aparte de su sueldo. \u00bfQu\u00e9 nos garantiza que los informes que est\u00e1n emitiendo son verdaderos o responde a los intereses de la mina? En este contexto resulta fundamental que las declaratorias de estados de emergencia, no se basen solo en los informes de car\u00e1cter reservado de la polic\u00eda nacional porque est\u00e1 cuestionado su objetividad e imparcialidad en los conflictos sociales, sino que se den en base a otros informes de otras instituciones del Estado, como la Defensor\u00eda del Pueblo, la Oficina de Conflictos sociales de la misma Presidencia del Consejo de Ministros, entre otras autoridades. Suspender derechos constitucionales, son medidas excepcionales y fundamentales que no se deben basar s\u00f3lo en informes policiales que est\u00e1n cuestionados.<\/p>\n<p>3. Otro argumento fundamental que no est\u00e1 siendo atendido por el Gobierno es que muchas de las comunidades campesinas, manifiestan que por alguno de los tramos por donde pasa el corredor vial minero, antes de que se declare v\u00eda nacional, mediante Resoluci\u00f3n Ministerial N\u00b0 372-2018 MTC\/01.02 eran propiedad privada de la comunidad o de las comunidades campesinas, que le hab\u00edan cedido temporalmente a la empresa minera MMG Las Bambas, para el paso de los camiones, pero, que, cuando es declarado v\u00eda nacional, pierden su propiedad, sobre esos tramos donde pasa la v\u00eda nacional. Es decir, pierden su propiedad sin que lo hayan vendido, donado o haya existido expropiaci\u00f3n. El modo como act\u00fao el gobierno ha sido en clara violaci\u00f3n al derecho de propiedad. De alg\u00fan modo quieren subsanar esa ilegalidad con otra ilegalidad con la emisi\u00f3n del Decreto de Urgencia N\u00b0 026-2019, de fecha 12 de diciembre del 2019, por la que se permitir\u00eda la expropiaci\u00f3n de la propiedad privada de las comunidades campesinas que se encuentran en el corredor vial minero. Ojal\u00e1 el Congreso de la Rep\u00fablica, elegido recientemente, observe esta norma por inconstitucional.<\/p>\n<p>4. Adem\u00e1s, la mayor parte de la poblaci\u00f3n que vive en el corredor vial minero, pertenece a la poblaci\u00f3n quechua, en el caso de Espinar, son los K\u2019anas. Muchas de ellas debidamente reconocidas y en la base de datos del Viceministerio de Interculturalidad. En su territorio se declara la v\u00eda nacional, pierden propiedad sobre sus tierras, en algunos casos, existe desplazamiento, y nunca se hace la consulta previa y menos se plantea que ellos tienen derechos a los beneficios compartidos.<\/p>\n<p>5. En el corredor vial minero continuamente se producen volcaduras de los camiones que transportan los materiales o el combustible de la empresa mineras MMG Las Bambas y probablemente de otras empresas. Hasta ahora no se conoce de sanciones que hayan recibido esas empresas que estar\u00edan actuando en total impunidad frente a la preocupaci\u00f3n concreta de los pobladores por el riesgo a su salud y a vivir en un ambiente sano.<\/p>\n<p>6. El Organismo de Evaluaci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n Ambiental &#8211; OEFA en setiembre del 2019, ha emitido el Informe de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental Corredor Vial \u00c1mbito de la Provincia de Chumbivilcas donde: \u201cSe ordena la modificaci\u00f3n y\/o actualizaci\u00f3n del estudio de impacto ambiental vigente, en el marco del SEIA\u201d, del proyecto minero Las Bambas. El OEFA adem\u00e1s encontr\u00f3 que en varios lugares se exceden las normas ambientales en materia de ruido, aire, suelo y agua; es decir, comprob\u00f3 las denuncias de contaminaci\u00f3n ambiental realizadas por las comunidades\u201d\u00b9 (subrayado nuestro).<\/p>\n<p>7. El Primer Ministro no ha dado a conocer toda la informaci\u00f3n, por ejemplo, que con la nueva normativa no es necesario que se declare Estados de Emergencia, existe la norma de activos cr\u00edticos, por la cual los minerales, son parte de los activos cr\u00edticos y por lo tanto podr\u00e1n ser resguardados por las fuerzas del orden, en teor\u00eda no habr\u00eda ning\u00fan problema si es as\u00ed, el problema es que se usa esa norma de activos cr\u00edticos para militarizar algunas zonas en favor de las empresas multinacionales que extraen minerales, como esta sucediendo en Ccpacmarca, que sin Estado de Emergencia, segu\u00eda la zona con bastante contingente de la Polic\u00eda Nacional e incluso se mencion\u00f3 la presencia de las fuerzas armadas, sin declaratoria de estado de emergencia.<\/p>\n<p>8. El Gobierno desconoce que, a los dirigentes, defensores ambientales de Urinsaya les est\u00e1n involucrando injustamente en una investigaci\u00f3n por el delito de secuestro, sin que exista medios probatorios (elementos de convicci\u00f3n) de su responsabilidad penal. En el Decreto Supremo que declara nuevamente el estado de emergencia, se hace menci\u00f3n a ellos. Es evidente en este caso, que a los dirigentes se les est\u00e1 criminalizando y lo que se deber\u00eda de hacer es activar desde el Ministerio de Justicia las medidas de protecci\u00f3n establece el protocolo de defensores de derechos humanos del Ministerio de Justicia. Cuando se cree a una sola parte que esta cuestionada por su funci\u00f3n, en este caso la Polic\u00eda Nacional, no se puede evidenciar la gran injusticia que est\u00e1n sufriendo en este momento los pobladores de Urinsaya.<\/p>\n<p>En este contexto, las organizaciones sociales, las comunidades campesinas, la poblaci\u00f3n en general que se encuentra ubicado en los alrededores del corredor vial minero, reclaman con justa raz\u00f3n que sus demandas de defensa del territorio, de defensa y respeto del ambiente sean atendidas. Los pobladores piden dialogo y, sobre todo, que sean escuchados y que sus derechos sean respetados por las instituciones que tienen que garantizar la plena vigencia de los derechos humanos. Hasta ahora el Gobierno se ha caracterizado por no cumplir su rol fundamental de garantizar derechos en el corredor vial minero y parece ser que su \u00fanica preocupaci\u00f3n es garantizar que las empresas mineras multinacionales transporten sus minerales a cualquier costo.<\/p>\n<p>Declarar otra vez el estado de emergencia, es cerrarse a la posibilidad de dialogo. No ponderar el reclamo de la poblaci\u00f3n que se re\u00fane leg\u00edtimamente para expresar su opini\u00f3n, su descontento, que de ese modo est\u00e1 pidiendo que las instituciones del estado les atiendan y ejerzan sus funciones. Est\u00e1n aportando al sistema democr\u00e1tico. Eso es parte de lo que el Primer Ministro ha declarado y que deber\u00eda de cumplir, hacer el \u201ctamiz constitucional\u201d.<\/p>\n<p>No tiene que ser f\u00e1cil suspende los derechos constitucionales, se tiene que tomar en cuenta porque la gente esta tan descontenta y dar respuestas eficaces. Las mesas de dialogo que se est\u00e1n instaurando se ponen en riesgo, pero, en todo caso, a pesar de las mecidas, la poblaci\u00f3n sigue confiando en esos espacios tan importantes donde se dialoga con los actores del conflicto social. Ojal\u00e1 se deje sin efecto los estados de emergencia que sirven para criminalizar, pero, no para solucionar o dialogar. Hay mucha gente incompetente en el Gobierno que deber\u00eda de salir y entrar gente que verdaderamente plantea el problema con la gente y busque soluciones con los ciudadanos y ciudadanas. No m\u00e1s represi\u00f3n.<\/p>\n<hr \/>\n<blockquote><p>1.https:\/\/derechosinfronteras.pe\/pronunciamiento-estado-de-emergencia-en-el-corredor-minero-del-sur-no-es-la-solucion<\/p><\/blockquote>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Jos\u00e9 Ramiro Llatas P\u00e9rez &#8211; Presidente DHSF \/ \u00c1rea Legal DHSF El Primer Ministro Zevallos, hace poco en una entrevista en IDL Radio del d\u00eda 06 de febrero del 2020 (https:\/\/www.facebook.com\/idlradio\/videos\/178644663446491\/?t=5251) mencionaba que los Estados de Emergencia tienen un car\u00e1cter excepcional, y eso es lo que estar\u00edan haciendo, refer\u00eda que no han declarado el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4102,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-4128","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"blocksy_meta":[],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/FB_IMG_1581184288628.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4128","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4128"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4128\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4102"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4128"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4128"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4128"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}