{"id":4221,"date":"2019-10-29T18:59:49","date_gmt":"2019-10-29T23:59:49","guid":{"rendered":"http:\/\/derechosinfronteras.pe\/?p=5217"},"modified":"2019-10-29T18:59:49","modified_gmt":"2019-10-29T23:59:49","slug":"caso-espinar-apuntes-sobre-la-segunda-sesion-del-juicio-oral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/caso-espinar-apuntes-sobre-la-segunda-sesion-del-juicio-oral\/","title":{"rendered":"Caso Espinar: Apuntes sobre la segunda sesi\u00f3n del juicio oral"},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<p style=\"text-align: right;\">Por Ramiro Llatas,\u00a0Abogado de Sergio Huamani<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El 28 de octubre se llev\u00f3 a cabo la segunda sesi\u00f3n del juicio que se lleva a cabo en contra de Oscar Mollohuanca (ex alcalde de Espinar) y de Sergio Huaman\u00ed y Herbert Huam\u00e1n (ex dirigentes del Frente \u00danico de Defensa de los Intereses de Espinar \u2013 FUDIE).<\/p>\n<p>El Procurador P\u00fablico especializado en asuntos de Orden P\u00fablico, Carlos Eduardo Rosales S\u00e1nchez, solicit\u00f3 como reparaci\u00f3n civil a favor del Estado, la cantidad de 5 millones de soles a ser pagados por los acusados, en el caso, sean condenados.<\/p>\n<p>Llama profundamente la atenci\u00f3n que haya presentado como nueva prueba, el Informe de P\u00e9rdidas Econ\u00f3micas en el Sector Turismo de la Provincia de Espinar, expedido por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que ascienden a un mill\u00f3n setecientos mil nuevos soles, entre el 20 y 30 de mayo del a\u00f1o 2012, fecha en la que se llev\u00f3 a cabo la protesta social, en contra de la empresa minera Xtrata Tintaya. Consideramos que esa cantidad de p\u00e9rdidas por concepto de turismo, es irreal y no se ajusta a la verdad. En todo caso, quienes han hecho ese documento deber\u00e1n responder por las responsabilidades que eso significa.<\/p>\n<p>El juez acept\u00f3 tambi\u00e9n las pruebas ofrecidas por la defensa de Oscar Mollohuanca, los convenios policiales, que probar\u00edan que los efectivos del orden, habr\u00edan dado servicios de seguridad privada a la empresa minera y eso motiv\u00f3 que la represi\u00f3n fuese mayor. Probar\u00edan tambi\u00e9n que en modo indebido se instaur\u00f3 una comisaria m\u00f3vil en el campamento minero a donde fueron llevados los detenidos arbitrariamente.<\/p>\n<p>Asimismo, se acept\u00f3 como medio probatorio de la defensa, el an\u00e1lisis de los monitoreos ambientales de aguas superficiales y subterr\u00e1neas de Espinar ANA, OEFA, CM MPE (2012 \u2013 2015) que probar\u00edan que en algunos puntos cercanos a la actividad minera se encontraron presencia de metales t\u00f3xicos que superan los est\u00e1ndares ambientales permitidos, y que esa fue la raz\u00f3n para que el pueblo de Espinar proteste en contra de la contaminaci\u00f3n ambiental. La verdad no se puede ocultar.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se di\u00f3 la manifestaci\u00f3n de cinco efectivos policiales que participaron en la represi\u00f3n de los pobladores en Espinar. Entre ellos el que fue Jefe del Comando Operativo, Gast\u00f3n Rodr\u00edguez Limo, quien reconoci\u00f3 la vigencia de los convenios policiales, la presencia de la comisar\u00eda dentro del campamento minero, que consideramos no es usual. Entre otras cosas la detenci\u00f3n de Oscar Mollohuanca, de Herberth Huam\u00e1n, porque hab\u00eda dado declaraciones en un canal televisivo y de Sergio Huamani, quien despu\u00e9s fue liberado, porque su detenci\u00f3n se consider\u00f3 arbitraria, seg\u00fan el juez constitucional del Cusco, que orden\u00f3 su inmediata libertad.<\/p>\n<p>En todo caso, al ser Jefe del comando operativo, deber\u00eda responder por las dos muertes que hubo en Espinar. Lamentablemente la Fiscal\u00eda de Ica, sobre este supuesto ha archivado las investigaciones. Y, tambi\u00e9n ha archivado las investigaciones que se vienen dando por el supuesto delito de secuestro por las detenciones arbitrarias que sufrieron principalmente los dirigentes y defensores del medio ambiente.<\/p>\n<p>Llam\u00f3 poderosamente la atenci\u00f3n, que los cinco efectivos policiales que dieron su declaraci\u00f3n, hayan concurrido a los tres lugares, donde se llev\u00f3 a cabo la audiencia por teleconferencia. A Ica lleg\u00f3 el Sr. Rodr\u00edguez Limo, con sus guardaespaldas (efectivos policiales) y tres de los testigos. A Cusco fue a declarar otro de los testigos, efectivo policial, que trabaja en Huaral y tuvo que ir hasta Cusco, y a Espinar, fue otro efectivo policial, que no trabaja en la zona. La idea de hacer las teleconferencias es facilitar a quienes tienen que declarar que lo hagan donde viven y no se tengan que desplazar tanto, por eso, nos llam\u00f3 la atenci\u00f3n, porque en este caso, se han desplazado desde distintos lugares y nos quedamos pensando, si no habr\u00e1n querido intimidarnos con su presencia. Solo decir, que esos m\u00e9todos cuando estamos batallando por algo justo, no nos asustan, ya que tenemos el respaldo de la poblaci\u00f3n y la esperanza que se haga justicia.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Ramiro Llatas,\u00a0Abogado de Sergio Huamani El 28 de octubre se llev\u00f3 a cabo la segunda sesi\u00f3n del juicio que se lleva a cabo en contra de Oscar Mollohuanca (ex alcalde de Espinar) y de Sergio Huaman\u00ed y Herbert Huam\u00e1n (ex dirigentes del Frente \u00danico de Defensa de los Intereses de Espinar \u2013 FUDIE). El [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4222,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-4221","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"blocksy_meta":[],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/wp-content\/uploads\/2019\/10\/32089261_1661342497285220_5773238715082080256_n.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4221","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4221"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4221\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4222"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4221"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4221"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4221"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}