{"id":4726,"date":"2018-02-14T12:57:45","date_gmt":"2018-02-14T17:57:45","guid":{"rendered":"http:\/\/derechosinfronteras.pe\/?p=3513"},"modified":"2023-12-28T20:44:30","modified_gmt":"2023-12-29T01:44:30","slug":"cidh-y-de-naciones-unidas-expresan-su-preocupacion-ante-la-adopcion-de-ley-que-declara-de-prioridad-e-interes-nacional-la-construccion-de-carreteras-en-la-amazonia-peruana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/cidh-y-de-naciones-unidas-expresan-su-preocupacion-ante-la-adopcion-de-ley-que-declara-de-prioridad-e-interes-nacional-la-construccion-de-carreteras-en-la-amazonia-peruana\/","title":{"rendered":"CIDH y Naciones Unidas expresan su preocupaci\u00f3n ante la adopci\u00f3n de ley que declara de prioridad e inter\u00e9s nacional la construcci\u00f3n de carreteras en la Amazonia peruana"},"content":{"rendered":"<p><strong>Washington, D.C. &#8211;<\/strong> La Relatora sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas de la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos, Antonia Urrejola, junto con la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, Victoria Tauli-Corpuz, expresan su preocupaci\u00f3n ante la aprobaci\u00f3n de la Ley No. 30723, <strong>\u00abLey que declara de prioridad e inter\u00e9s nacional la construcci\u00f3n de carreteras en zonas de frontera y el mantenimiento de trochas carrozables en el Departamento de Ucayali\u00bb<\/strong>. Las Relatoras consideran que su implementaci\u00f3n afectar\u00eda \u00e1reas naturales protegidas, reservas ind\u00edgenas, y reservas territoriales para pueblos en situaci\u00f3n de aislamiento y contacto inicial.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan informaci\u00f3n p\u00fablicamente disponible, la referida ley se promulg\u00f3 el 22 de enero de 2018 a pesar de la oposici\u00f3n del Ministerio de Cultura, ente rector en materia de pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial en Per\u00fa, y de la Defensor\u00eda del Pueblo. Adem\u00e1s, seg\u00fan la informaci\u00f3n recibida, <strong>esta ley ha sido aprobada sin haber sido precedida por las consultas apropiadas con las comunidades ind\u00edgenas afectadas<\/strong>, y sin contar con las opiniones especializadas de las entidades competentes del Estado en la materia, como la Comisi\u00f3n de Pueblos Andinos, Amaz\u00f3nicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecolog\u00eda del Congreso; el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; el Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia; el Servicio Nacional de \u00c1reas Naturales Protegidas; y los Ministerios del Ambiente y de Salud. Asimismo, la aprobaci\u00f3n de la ley se llev\u00f3 a cabo sin tomar en consideraci\u00f3n las opiniones t\u00e9cnicas de organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos que trabajan con asuntos pertinentes a los pueblos ind\u00edgenas, como las contenidas en el&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.ohchr.org\/en\/NewsEvents\/Pages\/DisplayNews.aspx?NewsID=22557&amp;LangID=E\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">comunicado de prensa<\/a>&nbsp;de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, y sus posibles consecuencias irreversibles en los derechos de las comunidades ind\u00edgenas de la regi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La CIDH y la Relatora Especial de las Naciones Unidas llaman al Estado de Per\u00fa a respetar&nbsp; su marco legal interno de respeto y garant\u00eda de los derechos de los pueblos ind\u00edgenas en el pa\u00eds. La Ley N\u00b029785 <strong>\u00abLey del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Ind\u00edgenas u Originarios\u00bb<\/strong> requiere que se garantice el derecho a la consulta previa a las comunidades ind\u00edgenas respecto de proyectos de desarrollo nacional y regional que afectan a sus derechos colectivos, su existencia f\u00edsica, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. Asimismo, la Ley N\u00b028736 <strong>\u00abLey para la protecci\u00f3n de pueblos ind\u00edgenas u originarios en situaci\u00f3n de aislamiento y en situaci\u00f3n de contacto inicial\u00bb<\/strong> reconoce el car\u00e1cter intangible de las reservas territoriales para estos pueblos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abEs esencial que cualquier proyecto de construcci\u00f3n o de mantenimiento de infraestructuras&nbsp; que pudiera afectar a comunidades ind\u00edgenas se realice en plena conformidad con el marco jur\u00eddico nacional en Per\u00fa, y el marco jur\u00eddico internacional en materia de derechos de los pueblos ind\u00edgenas, incluidos procesos adecuados de&nbsp; consulta previa, libre e informada,\u00bb afirman las dos expertas. A\u00f1aden que, \u00aben el caso de pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial, el marco jur\u00eddico internacional requiere que se tenga en cuenta el principio de no contacto y su rechazo manifiesto a la presencia de terceros al analizar su consentimiento a cualquier presencia o intrusi\u00f3n en sus territorios\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>La informaci\u00f3n recibida indica que esta <strong>ley pondr\u00eda en peligro \u00e1reas naturales protegidas por el Estado, reservas ind\u00edgenas, y la reserva territorial Kugapakori, Nahua, Nanti para pueblos en situaci\u00f3n de aislamiento o en contacto inicial.&nbsp;<\/strong> Informaci\u00f3n tambi\u00e9n ha sido recibida indicando que&nbsp; adem\u00e1s de fragmentar el territorio de las reservas ind\u00edgenas, la construcci\u00f3n de carreteras generar\u00eda un incremento de trabajadores en la zona, y facilitar\u00eda la miner\u00eda y la tala ilegal en estas \u00e1reas protegidas. Asimismo, estas actividades podr\u00edan conducir al contacto forzado con pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial, factores que puedan generar serios problemas para su seguridad y su salud, por la falta de defensas inmunol\u00f3gicas, con un impacto irreversible en la capacidad de estos pueblos para sobrevivir, resultando en su eventual desaparici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La CIDH y la Relatora Especial de la ONU sobre derechos de pueblos ind\u00edgenas, junto con la Oficina Regional de Am\u00e9rica del Sur de la OACNUDH, han estado colaborando estrechamente sobre el tema de la situaci\u00f3n de derechos humanos de los pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial. En este marco, en junio de 2017 realizaron una reuni\u00f3n de expertas y expertos sobre la materia, incluidas instituciones gubernamentales, en Lima, Per\u00fa, y en octubre 2017 tuvo lugar una audiencia tem\u00e1tica&nbsp;<em>de oficio<\/em>&nbsp;de la CIDH en Montevideo, Uruguay, en la que se reiter\u00f3 la necesidad de adoptar acciones estatales m\u00e1s eficaces para la protecci\u00f3n de estos grupos ind\u00edgenas y de sus tierras frente a la presencia de terceros. Esta obligaci\u00f3n de protecci\u00f3n hace parte de las obligaciones y los compromisos de los Estados de la regi\u00f3n bajo la&nbsp;<strong><em>Declaraci\u00f3n Americana sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas<\/em>, la jurisprudencia interamericana, la&nbsp;<em>Declaraci\u00f3n de la ONU sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas<\/em>, y el Convenio 169 de la OIT.<\/strong><\/p>\n\n\n\n\n\n<p>Las dos expertas instan al Estado de Per\u00fa a cumplir de forma pronta y sin dilaci\u00f3n con su obligaci\u00f3n especial de proteger y respetar los derechos de las comunidades en aislamiento voluntario y contacto inicial, dada su situaci\u00f3n particular de vulnerabilidad. <strong>\u00abLo contrario podr\u00eda tener consecuencias irreparables sobre los derechos individuales y colectivos de estas comunidades, y podr\u00eda llevar a su exterminio f\u00edsico y cultural\u00bb<\/strong> afirman las expertas.<\/p>\n\n\n\n<p>La CIDH es un \u00f3rgano principal y aut\u00f3nomo de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos. La Comisi\u00f3n Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la regi\u00f3n y act\u00faa como \u00f3rgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH est\u00e1 integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a t\u00edtulo personal, y no representan sus pa\u00edses de origen o residencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Victoria Tauli-Corpuz (Filipinas), es&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.ohchr.org\/EN\/Issues\/IPeoples\/SRIndigenousPeoples\/Pages\/SRIPeoplesIndex.aspx\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas<\/a>&nbsp;de las Naciones Unidas. Los Relatores Especiales y Grupos de Trabajo forman parte de los &#8216;Procedimientos Especiales&#8217;, el mayor \u00f3rgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, que re\u00fane a los mecanismos de investigaci\u00f3n y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en pa\u00edses o a cuestiones tem\u00e1ticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organizaci\u00f3n y act\u00faan a t\u00edtulo individual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right\"><strong>Comunicado de Prensa CIDH No. 026\/18<\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Washington, D.C. &#8211; La Relatora sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas de la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos, Antonia Urrejola, junto con la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, Victoria Tauli-Corpuz, expresan su preocupaci\u00f3n ante la aprobaci\u00f3n de la Ley No. 30723, \u00abLey que declara de prioridad [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4727,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2}},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-4726","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"blocksy_meta":[],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/wp-content\/uploads\/2018\/02\/Ucyali-CIDH.jpg","jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_likes_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4726","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4726"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4726\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7071,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4726\/revisions\/7071"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4727"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4726"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4726"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derechosinfronteras.pe\/ingles\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4726"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}