Por Gisela Ortiz, Familiar del Caso La Cantuta
Desde hace 25 años, cuando la dictadura de Alberto Fujimori y el grupo Colina, decidieron acabar con la vida de mi hermano, Luis Enrique, las navidades nunca fueron las mismas en la casa. Repensarnos como familia ante injustas ausencias, nos sigue costando pese a la necesidad de robarle alegría a la vida.Por eso, el 24 de diciembre del 2017, a pocas horas de celebrar la Navidad, cuando conocimos de la decisión política del entonces Presidente Pedro Pablo Kuczynski de indultar al condenado Alberto Fujimori, perdonándole una condena de 25 años que aún le faltaba cumplir, nos afectó terriblemente. Durante 25 años, acudimos a todas las instancias nacionales e internacionales para alcanzar justicia y lograr así, no solo el esclarecimiento de lo ocurrido con el profesor y los 9 estudiantes de la Universidad La Cantuta, sino también justicia que sancione a todos los responsables y que repare el daño causado.
PPK no sólo traicionó su compromiso público firmado en junio del 2016 con las víctimas sino también, le mintió al país al señalar que no habría canje por indulto. La poca justicia que logramos los familiares con mucho esfuerzo: años de dedicación,de persistencia, movilizaciones, plantones; nos fue arrebatada sin escucharnos, sin atender nuestro pedido de audiencia, sin empatía con las víctimas. Nuevamente los familiares, fortalecidos por jóvenes estudiantes, activistas de derechos humanos, peruanos y peruanas indignados ante esta ofensa a la memoria de las víctimas, salimos a las calles a protestar contra el indulto. Una y otra vez, las calles dela capital y muchas regiones del país se hicieron escuchar contra el indulto ilegal, negociado, indebido.
Incluso, en varias ciudades en el mundo, personas solidarias fueron sumando sus voces,no una, sino todas las veces que fueron necesarias para gritar que el indulto era un insulto ala dignidad de todos los peruanos y peruanas. Las acciones públicas no pararon. Planteamos también acciones legales a nivel nacional e internacional. Así el viernes 26 de enero del 2018, el Colegiado B de la Sala Penal Nacional, realizó la audiencia sobre la aplicación del derecho de gracia en el caso Caraqueño-Pativilca, gracia presidencial otorgada en la misma Resolución del indulto, Resolución Suprema No. 281-2017-JUS. Semanas posteriores, la Sala Penal determinó que Fujimori debía continuar siendo procesado en este caso.
Los familiares de las víctimas enviamos una carta al Papa Francisco, antes de su visita al país,mediante la Nunciatura Apostólica, compartiendo con él, lo que significó alcanzar justicia en nuestro país y denunciando las razones políticas para obligarnos a una reconciliación sin justicia. La Corte Interamericana de Derechos Humanos,ante un pedido de audiencia de los familiares y sus abogados, fijaron, para el 02 de febrero, la audiencia pública. Acudimos al sistema interamericano, como lo hicimos hace muchos años, con esperanza de ser escuchados y que la respuesta sea firme sobre este atropello del Estado peruano contra nuestro derecho a la justicia utilizando un indulto ilegal y negociado. Carmen Amaro, en representación de los familiares, llevó la voz de las víctimas.
El 15 de marzo 2018, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se pronunció contra el indulto después de la presentación del secretario ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Jorge Bracamonte, Amnistía Internacional y de Carmen Amaro como familiar.La Corte Interamericana, el 30 de mayo del 2018,emitió una resolución de supervisión del cumplimiento de sentencias en los casos Barrios Altos y Cantuta, señalando que el Estado peruano no había cumplido con sus obligaciones internacionales de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos en esos casos específicos. Ordenó que el Estado realice un control interno sobre la medida dada y que debía informar de estas acciones hasta el 29 de octubre del 2018.
El 20 de julio del 2018, los familiares de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta presentamos un pedido de control de convencionalidad ante la Vocalía Suprema de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, argumentando y solicitando se declare nulo el indulto otorgado al condenado Alberto Fujimori, por razones humanitarias. El 06 de agosto del 2018, el Juzgado Supremo de Instrucción del Poder Judicial lo admitió a trámite, aplicando el principio de acceso a la justicia, inciso 8 del artículo 139 de la Constitución, el cual establece “el principio de no dejar de administrar justicia por vacíos o deficiencias de la ley”.
El control de convencionalidad se aplica para verificar que una Ley, Reglamento o acto a nombre del Estado, se adecua a los principios, normas y obligaciones establecidas en la Convención Americana de los Derechos Humanos.El 3 de octubre, nuestro derecho a la justicia,como víctimas, predominó sobre la impunidadcuando el juez supremo Hugo Núñez Julca revocó el indulto. Fujimori, hasta entonces alojado en una amplia, cómodo y exclusiva viviendaen La Molina, sufrió una “crisis en su estado de salud” y fue internado en la Clínica Centenario.El 17 de diciembre del 2018, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema realizó la audiencia de apelación al fallo del juez Núñez Julca, presentada por la defensa de Fujimori, dejándose al voto.
Para el 25 diciembre 2018, la Sala Suprema Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó que el condenado Alberto Fujimori no podrá salir del país en el marco de las investigaciones del caso Pativilca (matanza de 6 campesinos al norte de Lima por el grupo Colina). El 11 de enero del 2019, la Sala Penal Especial dela Corte Suprema señaló, ante el plazo de pronunciamiento que se vencía “continuar con la deliberación de la presente causa”, con lo cual se postergó la emisión del fallo en segunda instancia.El 18 de enero, la Corte Suprema se pronunció, mediante una resolución, sobre el estado de salud de Fujimori, razón principal que sostenía el indulto humanitario. La junta médica responsable de la evaluación del estado de salud de Fujimori señaló que se “encuentra estable” y que “puede recibir tratamiento ambulatorio”.