En mayo del 2012, la población de Espinar dijo basta a los impactos ambientales y sociales negativos que causaba la empresa minera Xstrata, hoy Glencore y pidió la firma de un nuevo Convenio Marco con la empresa minera por los nuevos yacimientos mineros iniciados como Antapaccay. Esta protesta legítima de la población generó que el uso abusivo de la fuerza que tuvo como saldo 3 personas fallecidas: Walter Sencia, Rudecindo Manuelo y Félix Yauri, además de una decena de heridos, así como varias personas detenidas y torturadas por miembros de la PNP al interior del campamento minero. Además, por el solo hecho de ejercer su derecho a la protesta social, los dirigentes sociales y defensores de derechos humanos de su comunidad fueron sometidos a un proceso judicial que ha durado cinco años.
Ayer, 17 de julio, el Juez del primer juzgado unipersonal de Ica, absolvió a Oscar Mollohuanca, ex alcalde de Espinar, así como a Herber Huamán y Sergio Huamaní presidente y vicepresidente del Frente de Defensa de Espinar (FUDIE) y los declaró inocentes. La Fiscalía había solicitado 20 años de prisión efectiva, y una reparación civil de 100 mil soles. Antes también estuvieron denunciados los ex serenos y el trabajador de la Vicaría de Solidaridad de Sicuani: Romualdo Teófilo Ttito Pinto, quienes fueron absueltos durante la etapa de investigación fiscal.
Frente a los hechos narrados y esta sentencia la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y la Asociación Derechos Humanos Sin Fronteras manifiestan a la opinión publica lo siguiente:
- El proceso judicial seguido a los tres líderes fue injusto desde el principio. No se respetaron principios constitucionales importantes como el Juez Natural o ser sometidos a un proceso con suficientes elementos de convicción.
- El Poder Judicial y el Ministerio Público no pueden denunciar a ciudadanos por ejercer de manera legítima su derecho a la protesta social.
- Este proceso se ha convertido en un ejemplo simbólico de como el Estado Peruano ha mantenido su política de criminalización de la protesta social.
- La empresa minera debe asumir su responsabilidad por facilitar sus instalaciones para que miembros de la PNP abusaran y torturaran a las personas detenidas en una comisaria al interior del campamento minero.
- Los reclamos de la población de Espinar siguen vigentes y son legítimos. Quieren el desarrollo de su población, sin contaminación.
Es imperativo que se investigue, procese y se sancione a los responsables de las muertes de los tres ciudadanos de Espinar que murieron producto del accionar de la PNP.
La protesta social es un derecho humano, derecho reconocido en convenios y tratados internacionales que el Perú ha suscrito, por ello consideramos justa la sentencia absolutoria a los tres líderes de Espinar y por ende para toda la provincia de Espinar.
Cusco, 17 de julio de 2017.