2019, En términos de acceso a la justicia: ¿Qué se logró y que falta aún?

Sin querer ser exhaustivos, en las siguientes líneas resaltaremos algunos procesos donde los jueces optan por garantizar el cumplimiento de derechos humanos, y otros, donde vemos con mucha preocupación que buscan “perseguir” a los defensores del ambiente y del territorio. Con la precisión que no es nuestra intención de abordar en modo detallado todos los casos. Sino aquello que nos sirve, desde el sur andino, para poder acceder a la justicia en mejor modo o cuestionar las barreras, que no nos están permitiendo acceder a la justicia.

a. El derecho a la salud y al agua, como un derecho fundamental

El reciente 06 de diciembre, el juez mixto de Espinar, Edwin Florencio Cruz Domínguez, nos dió a conocer su sentencia sobre la demanda de cumplimiento planteado por diversas organizaciones de Espinar, en contra del Ministerio de Salud, del Gobierno Regional del Cusco, de la OEFA, entre otras instituciones, para que en modo conjunto implementen políticas de salud y ambientales, y en modo concreto de aquellos que tienen metales pesados en su sangre, y ordene, a quien corresponda, la causalidad de la presencia de los metales pesados.
La demanda fue presentada en el 2015, y cuando se estaba por cumplir cinco años, el juez ha dado la razón parcialmente a los demandantes. Ha dicho básicamente que en Espinar hay contaminación, que existen suficientes documentos que lo sustentan. Ordenando que el Ministerio de Salud, en un plazo perentorio de 90 días, “cumpla con diseñar e implementar una estrategia de Salud Pública de EMERGENCIA SANITARIA; con un plan de acción…que permita establecer un programa de atención médica, así como vigilancia epidemiológica ambiental y sanitaria, incluyendo el monitoreo constantes de los estándares de salubridad del agua; asimismo ejecuten un programa de asistencia y atención en salubridad a la población de Yauri, en especial a los niños, niñas, madres gestantes y adultos mayores, a efectos de identificar a las personas que pudieron ser afectadas por las consecuencias de la contaminación por metales pesados y brindarles atención médica pertinente”. Y, más adelante “Exhorta a la Municipalidad Provincial de Espinar y al Gobierno Regional de Cusco, a fin de que en coordinación con los otros organismos estatales involucrados, participen de manera urgente, en las acciones de ejecución que permitan la protección de la salud de los pobladores de Yauri Espinar y de las Comunidades campesinas afectadas’; del mismo modo se les exhorta, a fin de que realicen los estudios y prioricen el proyecto respectivo en el tiempo más breve posible, para la provisión de agua potable (…), desde una fuente o cuenca, donde exista agua libre de contaminación de metales pesados”.

En otras palabras, que se atienda a las personas que han sido vulneradas en su derecho a contar con un ambiente sano. Nos hubiera gustado que ordene también que se coordine con otras instituciones del Estado que también fueron demandadas, para que ejerzan sus funciones de control y al mismo tiempo establezcan cual es la causa de los metales tóxicos. Esperamos que el Ministerio de Salud, no apele y que la sentencia, finalmente se confirme. Esto fue un trabajo conjunto del Instituto de Defensa Legal, CooperAción y Derechos Humanos Sin Fronteras.

b. La libertad y la prohibición de procedimientos administrativos que vulneren la libertad

Jennifer Moore documentalista canadiense estuvo en Perú, en abril del año 2017 presentando un documental sobre la empresa multinacional Hudbay, que tiene sus operaciones en diversas partes de América y concretamente en la Provincia de Chumbivilcas, por presentar ese documental, el Ministerio del Interior, en ese entonces a cargo del ex ministro Carlos Basombrio, consideró que se estaba atentando contra el “orden público” y mandaron detenerla junto a su compañero de trabajo, para después expulsarla del país.

Después de casi dos años en octubre del presente año, la juez María del Pilar Castillo Soltero del primer juzgado penal para reos libres de Lima, decidió que esa detención era arbitraria, mencionando, por ejemplo, en su fundamento vigésimo “que esta aseveración respecto a que habría atentado el orden público o interno, no ha sido debidamente demostrada”, luego que el procedimiento administrativo que se le siguió vulnero su derecho a poder defenderse, a poder presentar medios probatorios, etc., dice la juez “la recurrente nunca tuvo la oportunidad de defenderse, careciendo de esta manera de cualquier garantía”. Aunque no reconoció la detención arbitraria, declaro “FUNDADA en parte la demanda de Habeas Corpus Innovativo contra el Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, el Departamento de Seguridad del estado de Cusco y la Jefatura Zonal de Cusco de la Superintendencia Nacional de Migraciones.

No se puede usar el poder que se tiene para hacer lo que quieren e intentar justificar las retenciones en base a procedimientos que no tienen ninguna garantía. A Jennifer Moore, la retienen, por su posición de denuncia de la supuesta contaminación minera de la empresa Hudbay. Qué bueno que la juez haya decidido que esas retenciones son inconstitucionales. Posiblemente haya habido favores políticos, ya que esa vez trascendió que Carlos Basombrio habría trabajado para alguna empresa minera y seguramente no quería ningún tipo de crítica hacia las multinacionales mineras.
Esto fue un trabajo conjunto de organizaciones de Aporvidha y Derechos Humanos Sin Fronteras y el Instituto de Defensa Legal.

c. La libertad de crítica y la prohibición de ser criminalizados a partir de nuestras opiniones.

Durante todo este año se viene llevando a cabo el juicio oral en contra de 10 defensores del ambiente y del territorio (en adelante los defensores) que entre diciembre del 2011 y febrero del 2012 reclamaron en contra de la empresa minera Anabi SAC, por hechos de contaminación que estaban pasando entre los distritos de Llusco y de Quiñota en Chumbivilcas. Ese reclamo ha servido para que los defensores, se ganen un proceso penal, donde la fiscalía está pidiendo para ellos 30 años de cárcel, por haber supuestamente cometido los delitos de: secuestro, disturbios, daños a la propiedad privada, robo agravado, etc. Durante el desarrollo del juicio, han pasado ocho testigos de la fiscalía y todos ellos tienen en común, que son trabajadores de la empresa minera Anabi SAC, algunos, ya no están trabajando, pero, en la época del conflicto social, si lo hacían. Si tomamos en cuenta este aspecto, ellos deberían ser absueltos, porque no existe ninguna otra prueba más que les vincule y porque la empresa minera tiene la intención de que se les condene, para darles la lección, de que nunca más reclamen. Ojalá el colegiado no se incline por esta posición. Al final es castigar e instrumentalizar la justicia para “callar” a los que son críticos con empresas mineras que están cuestionadas por su actuar.

Se sigue también con el juicio oral, por segunda vez, en contra de tres defensores del ambiente y del territorio de Espinar: Oscar Mollohuanca, Herbert Huamán y Sergio Huamani. Se viene dando en modo inconstitucional, desde Espinar y también por haber cuestionado el actuar de la empresa minera Xstrata, hoy Glencore.
Creemos que un elemento fundamental de la democracia, es la tolerancia y la sana crítica que se expresa a través del derecho a opinar. Sin embargo, vemos que quienes practican eso, termina afrontando procesos judiciales, a causa de su función de dirigente para el ejercicio constitucional del derecho a la protesta.

A modo de conclusión:

La justicia está siendo ciega cuando no quiere entender que los ciudadanos y ciudadanas, están ejerciendo su derecho a la protesta o a la información, cuando se trata de denunciar, de reclamar o de proponer que cierta actividad minera producida por las grandes empresas multinacionales, no se tiene que dar vulnerando derechos fundamentales como la opinión, la libertad de expresión o de información, la salud, la vida misma, el derecho a vivir en un ambiente sano. Y que el Estado, tiene que garantizar, que se cumpla en plenitud con los derechos fundamentales y que se investigue, se juzgue, se sentencie a los verdaderos responsables y no a los que defienden el ambiente y su territorio. Que funcionen en modo eficaz los sistemas de justicia y los sistemas de control•

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