Proyecto de Ley 5139 retrocedería la formalización de la mineria

A través de su cuenta de Twitter, el titular del Ministerio del Ambiente (MINAM), Manuel Pulgar-Vidal, sostuvo que el Proyecto de Ley Nº5139/2015-CR denominado “Ley de Fortalecimiento del Proceso de Formalizacion de la Minería Informal”, buscaría dejar sin efecto el actual marco normativo de lucha contra la minería ilegal y retroceder en la formalización.

El informe indica que esta iniciativa legislativa -perteneciente al Grupo de Trabajo de Seguimiento y Evaluación del Proceso de Formalización de la Minería Informal de la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República- no considera un fortalecimiento a la formalización porque “pretende eliminar y derogar las normas que crearon y sentaron las bases de la formalización como el Decreto Legislativo 1105 y la Estrategia de Saneamiento, por tanto no plantea acciones alternativas o mejoras al proceso de formalización actual”.

“Con ello se pretende iniciar de cero una nueva formalización sobre la base de nuevas entidades a cargo, requisitos y procedimientos, desconociendo el esfuerzo de más de 30,000 mineros encaminados hacia la formalización y generando importantes vacíos normativos”, afirma.

CONSECUENCIAS

De acuerdo al análisis del MINAM, de derogar la 1105 traería como resultado el eliminar la diferencia entre minería ilegal e informal; es decir, generaría un mismo tratamiento a aquellos que manifestaron su voluntad en formalizarse, asumiendo obligaciones y han avanzado en dicho proceso, los que además son mineros identificables, con aquellos que prefieren mantenerse al margen de la ley y el orden público porque evaden impuestos, contaminando y deforestando. En virtud de ello, se dificultaría la realización de acciones tanto la fiscalización como los operativos de interdicción.

“También deroga las bases y requisitos para lograr la formalización que son recogidos en la Estrategia de Saneamiento como son la Declaración de Compromiso, acreditación de titularidad de la concesión o contrato de explotación sobre la concesión minería, acreditación de propiedad o uso del terreno superficial, contar con un Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo – IGAC”, argumenta el Minam.

RAZONES POR LAS QUE EL PROYECTO de Ley Nº5139/2015-CR NO DEBE SER APROBADO

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Fuente: Rumbo Minero

Imagen: inforegion.pe