Redacción DHFS
El 2 de noviembre, por mayoría de votos, el Tribunal de Contrataciones del Estado mediante Resolución 2350-2020TCE-S3 resolvió anular el otorgamiento de buena pro al «Consorcio El Espinar» para la ejecución de la obra, “Mejoramiento de los servicios de salud del Hospital de la provincia de Espinar.
Dicha anulación se dio porque la carta de línea de crédito no tenía respaldo financiero. Esto quiere decir, que la empresa no cuenta con el respaldo económico para la ejecución de la obra, por tal motivo, no cumple con la información requerida en las bases.
Según la cronología de los hechos, el 18 de setiembre se notificó, a través del SEACE, el otorgamiento de la buena pro al primer grupo de empresas postulantes: Consorcio El Espinar. Sin embargo, el 25 de setiembre, en Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado (Virtual) , el «Consorcio Hospital Espinar» (segundo postulante) presentó un recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro solicitando que no sea admitida o se descalifique la primera oferta, por no cumplir todos los requisitos respectivos. Aprobandose esta propuesta de revocatoria el pasado 2 de noviembre.
Así mismo, la Secretaría del Tribunal Dispuso que se abra el expediente administrativo para sancionar al “Consorcio El Espinar” porque Los integrantes no habrían contado con líneas de crédito aprobadas por los montos de S/ 48’771,600.00 para cada integrante, pues únicamente pasaron la instancia de evaluación comercial a cargo del jefe de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A.
Del mismo modo, El tribunal otorgó la buena pro al «Consorcio Hospital Espinar» para la ejecución de la obra “Mejoramiento de los Servicios de Salud del Hospital de Espinar” que, inicialmente, había ocupado el segundo lugar.