En defensa del territorio de comunidades campesinas originarias o indígenas de Chumbivilcas

Redacción DHSF

Ante la sala especializada en contencioso administrativo en Lima, en el mes de noviembre de 2019 las comunidades Huininquiri del distrito de Santo Tomas, Cancahuani, Ccapacmarca y Sayhua del distrito de Capacmarca, Tincurca Lacaya del distrito de Chamaca e Idiopa Ñaupa Japo Urinsaya del distrito de Colquemarca de la provincia de Chumbivilcas demandaron al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a la empresa minera Las Bambas la nulidad del Decreto Supremo No 011-2016-MTC que aprobó la “Actualización del clasificador de rutas del sistema nacional de carreteras –SINAC” y la nulidad de la Resolución Ministerial No 372-2018-MTC/01.02, que “Reclasifican de manera definitiva como ruta nacional, diversas rutas departamentales o regionales de la red vial de los departamentos de Apurímac y Cusco”.

Las comunidades demandantes argumentan la omisión de consulta previa y la violación del derecho propiedad colectiva al reclasificar las vías de forma arbitraria, así mismo sostienen que como parte del contexto que ha generado el conflicto socio ambiental se encuentra la contaminación ambiental generado por el transito de camiones con concentrado de minerales de MMG Las Bambas que se encuentra sustentada en la resolución emitida por OEFA, la contaminación está relacionada con el material particulado (polvo), ruido, vibración, uso de fuentes de agua para regado de vía, así mismo OEFA ha señalado que Las Bambas modifique y/o actualice el Estudio de Impacto Ambiental integrando las afectaciones ambientales en el corredor vial minero Chumbivilcas.

La sala ha convocado a la audiencia de vista el pasado 11 de noviembre en forma virtual (Ver audiencia: https://youtu.be/wB_6Bx-t26k)

En audiencia el procurador del Ministerio de Transportes y Comunicaciones no reconoció la condición de pueblos originarios a las comunidades demandantes pese a encontrarse inscritos en la base de datos del viceministerio de interculturalidad, pero principalmente reconocidos en el Convenio 169 de la OIT bajo los criterios objetivos y subjetivos, convenio aprobado en el Congreso de la Republica mediante Resolución Legislativa 26253 del año 1993.

Hasta el día de hoy la propiedad continúa siendo las comunidades demandantes, ello se puede evidenciar en los registros públicos, y el Gobierno para subsanar esta omisión y reclasificar emite el Decreto de Urgencia 26 y 27 de 2019 para expropiar y adquirir las tierras comunales sin lograr hasta el día de hoy. Las comunidades se encuentran con conflicto a causa del despojo de sus tierras y de la omisión de consulta previa.

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