Fiscalización ambiental para la protección de nuestros territorios

Redacción DHSF

En medio de la pandemia por la COVID-19, en algunas regiones del Perú se han registrado denuncias de contaminación de agua en cuencas y ríos cercanos a proyectos mineros, estas denuncias han sido alertadas por comuneros y comuneras que cumplen el rol de vigilantes ambientales comunitarios. 

Por eso es importante fortalecer las capacidades de la sociedad civil en lo que respecta a vigilancia ambiental. “Es necesario que la sociedad civil  conozca la normativa peruana y la competencia de las distintas entidades  del Estado en materia ambiental, para que puedan exigir derechos colectivos e individuales”, consideró la ingeniera ambiental de Derechos Humanos Sin Fronteras, Jenny Karen Cutipa.

Decreto Legislativo N° 1500

Dentro del Sistema Nacional de Gestión Ambiental hay políticas ambientales, guías e instrumentos de gestión ambiental que deben permitir el cuidado del medio ambiente y la protección de la salud. Sin embargo, hay decretos legislativos como el  N°1500 que debilitan la institucionalidad ambiental y dificultan la participación ciudadana.

Bia Cortez, abogada de la Red Muqui Nacional, indicó que este decreto tuvo el objetivo de seguir fomentando la inversión privada en contextos de pandemia para la reactivación económica. “Esta norma indica que se podía virtualizar  la aprobación de las actividades que necesitan una certificación ambiental. Además,  debilitó las facultades de  fiscalización ambiental  del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) porque exoneró a las empresas mineras de presentar a esta entidad los monitoreos ambientales”, explicó.

Desde que se establece que los mecanismos de participación ciudadana pueden realizarse de manera virtual, se está debilitando el derecho a la participación ciudadana, puesto que no se asegura la real intervención de todas las personas que viven en comunidades o pueblos indígenas en espacios de decisión. Muchas veces en estos lugares no hay acceso a internet.  

Cuando uno habla de fiscalización ambiental es para determinar responsabilidades, para sancionar y para que no se vuelva a repetir el daño ambiental. Sin embargo, anteriormente se han establecido normas donde se suspenden o se reducen  las sanciones a las empresas mineras. Ante ello, Derechos Humanos Sin Fronteras apuesta por la vigilancia ciudadanía y la participación de la  sociedad civil, motivo por el cual mañana, 14 de mayo, inicia en Espinar el Programa de Formación en Materia de Fiscalización Ambiental para la Protección de Nuestros Territorios, que cuenta con los siguientes módulos:

  1. Legislación ambiental para el resguardo de la salud ambiental.
  2. Gestión ambiental para la prevención de daños a la salud.
  3. Estudio de Impacto Ambiental.
  4. Etapas del EIA y la participación ciudadana.
  5. Sistemas de información ambiental. 

El rol de los  defensores y defensoras ambientales

Los defensores  y defensoras ambientales  protegen nuestro ecosistema y actúan ante diferentes problemáticas como contaminación del agua, derrames de petróleo, incendios forestales, extinción de especies, entre otros.  Sin embargo, a pesar de la labor que realizan, aún no existe una ley de vigilancia ambiental comunitaria que los ampare, proteja  y no limite su accionar ante las problemáticas ambientales que se presentan. 

Según la ingeniera ambiental Jenny Cutipa Quiso, “una ley  de vigilantes y monitores ambientales es necesaria porque avala y reconoce  las actividades que realizan cada comité de vigilancia ambiental”. 

“Lo que queremos es que nuestros monitoreos sean reconocidos, las entidades del Estado no nos toman en cuenta  porque no hay una ley”, manifestó el vicepresidente de la Asociación de Vigilantes y Monitores Ambientales de Espinar, Avelino Sahuinco Llave.

En lo que va del año, los Vigilantes y Monitores Ambientales de Espinar presentaron un reporte, ante la Autoridad Nacional de Agua, que no ha sido tomado en cuenta. Esto evidencia, una vez más, el debilitamiento de la fiscalización ambiental por parte del Estado que no contempla acciones de fiscalización oportunas ni considera importante la participación de la sociedad civil organizada. 

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