Organizaciones peruanas de la sociedad civil presentan el cuestionario sobre defensa del territorio en el Perú a la CIDH

El último 26 de abril, las asociaciones Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF) de Cusco, EarthRights International (ERI) de Lima, y Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA) de Puno, desarrollaron el cuestionario de consulta para organizaciones de la sociedad civil con la finalidad de aportar a la elaboración del informe “Temático sobre el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales” convocado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Los casos que hicieron llegar a la CIDH están relacionados con los Pueblos Originarios Urinsaya de Cusco, y Quechuas y Aymaras de Puno. Ellos han visto afectados sus derechos relacionados a la consulta previa, derecho de propiedad, derechos de participación, derecho a la salud y al medio ambiente libre de contaminación ambiental.

En el caso del pueblo indígena quechua de la  Comunidad Urinsaya, el Estado reclasificó la carretera comunal en “vía nacional” sin haber realizado consulta previa, sin haber adquirido o expropiado las tierras de la comunidad. Esta carretera es utilizada principalmente por la empresa minera MMG Las Bambas para el transporte de minerales con destino a Arequipa. Ello ha motivado la protesta social pacífica de la comunidad, denunciando la contaminación ambiental, como resultado de la protesta líderes y lideresas fueron criminalizados.

En el caso del pueblo indígena aymara, el Estado peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas, entregó en concesión una dimensión de 2,000 hectáreas a favor de la Cal & Cemento Sur SA., quien posteriormente lo transfirió a Kuskalla Mining Company SA. Este denuncio minero se sobrepone al territorio de las comunidades campesinas de Chila Chambilla y Chila Pucara del distrito de Juli, provincia de Chucuito, región Puno. Desde el 2014, las comunidades le exigen al Poder Judicial que estas dos concesiones sean declaradas nulas puesto que fueron entregadas sin haberse cumplido con el proceso de consulta previa que ordena el Convenio 169 de la OIT. Es decir, fueron dadas a espaldas de ambas comunidades. Al momento de escribir este comunicado, la demanda de amparo espera ser resuelta por el Tribunal Constitucional.

En consecuencia, es importante desarrollar acciones para el ejercicio del derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales en el Perú, ellas se manifiestan en los siguientes retos y desafíos que el Estado debe implementar con la participación continua de los pueblos indígenas y originarios:

  • Reconocer a los pueblos indígenas en la Constitución Política del Perú.

  • Establecer políticas públicas intersectoriales que garanticen el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas.

  • La no criminalización del ejercicio legítimo del derecho a la justicia comunal por parte de los pueblos indígenas.

  • Reconocer el derecho a la protesta pacífica de los pueblos indígenas, principalmente en contexto de actividad extractivas.

  • Se reconozca y respete el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa y consentimiento.

Finalmente, esta contribución tiene la intención de visibilizar la situación del derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas de Perú. Asimismo, invoca a la CIDH a que exhorte al Estado peruano a garantizar todos los derechos reconocidos en el Convenio 169 de la OIT a favor de los pueblos indígenas.

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